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Documento BOE-B-2012-30271

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial del Acuerdo de Acumulación del Procedimiento Sancionador, ante la imposibilidad de notificación en domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 10 de septiembre de 2012, páginas 41405 a 41405 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2012-30271

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y para que sirva de notificación a los interesados, ante el resultado negativo de dos intentos en los domicilios señalados por los mismos, se hace público que por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos se han dictado las Resoluciones que se señalan a continuación.

Los denunciados y denunciantes, o sus representantes podrán solicitar, acreditando su identidad, una copia de la Resolución correspondiente, compareciendo de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 en el Registro de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En el marco de lo dispuesto en el artículo 73 de ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha dictado el Acuerdo de Acumulación del Procedimiento Sancionador identificado a continuación.

Denunciado

Nº EXPEDIENTE

NOMBRE

IDENTIFICACIÓN

PS/000178/2012

Mail Marketing

Servicios Informáticos, S.L.

(Alberto Garrido Alcober)

B04504668

Conforme a lo establecido en el artículo 107 LRJPAC contra el presente acto no cabe recurso administrativo.

Madrid, 6 de septiembre de 2012.- La Secretaria General de la AGPD Mª José Blanco Antón. P.A., el Jefe de Área de Informática, Jesús Ángel Mayor Sánchez.

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