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Documento BOE-B-2012-2897

HUELVA

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2012, páginas 3823 a 3823 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-2897

TEXTO

Edicto.

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia número 5 de Huelva.

Juicio: Procedimiento Ordinario (Contratación -249.1.5) 835/2010.

Parte demandante: Nutrición Center 1985, S.L.U.

Parte demandada: Physcience Iberia S.L.

Sobre: Procedimiento Ordinario (Contratación -249.1.5).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

El Ilustrísimo señor don Antonio Francisco Moreno Bergareche, Magistrado-Juez del Juzgado de la Instancia número 5 de Huelva, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario número 835/2010, seguidos a instancia de la mercantil Nutrición Center 1985, S.L.U. representada por el Procurador de los Tribunales doña Remedios Manzano Gómez, contra la mercantil Physcience Iberia, S.L., sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda deducida por el Procurador doña Remedios Manzano Gómez, en nombre y representación de Nutrición Center 1985, S.L.U. contra Physcience Iberia, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la entidad demandada a que abone a la parte actora, la suma de 221.096,26 €, más sus intereses de demora procesal desde esta sentencia, así como las costas devengadas por la parte actora.

Notifíquese esta Sentencia al demandado rebelde, en la forma establecida en el artículo 161 LEC.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Huelva, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación, por escrito presentado ante este Juzgado en la forma prevista en el artículo 457 LEC.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 1921/0000/00/0835/10, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5° de la Disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 4 de marzo del 2011 el Señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia.

Huelva, 12 de enero de 2012.- El/la Secretario Judicial.

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