El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 456/2012, por auto de 20 de julio de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Cristales y Artículos de Regalo, S.A., con CIF A-28311728, con domicilio calle Juan Soto, n.º 5, de Alcalá de Henares (Madrid).
Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de su créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado:
Don José Luis Encinar Téllez con domicilio en calle Velázquez, n.º 53, 2.º Izda, 28001 Madrid, y correo electrónico: encinar_abogado@yahoo.es
Cuarto.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 20 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid