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Documento BOE-B-2012-27709

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2012, páginas 37508 a 37508 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-27709

TEXTO

Edicto.

Don Gabriel Ribelles González, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche,

Por el presente, hago saber: Que por Auto de fecha 19 de julio de 2012, en el procedimiento con número de Autos 000306/2012 y NIG 03065-66-2-2012-0000403, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor "Giner Trives, S.L.", con domicilio en calle Lepanto, 10, Elche (Alicante) y CIF B53718219. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.595, libro 0, folio 193, sección 8, hoja A 73561, inscripción primera, representada por la procuradora doña María Teresa Vidal Coves.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador concursal: Que ha sido nombrado don Antonio Candela Pérez, colegiado del Ilustre Colegio Alicante, con domicilio postal en avenida de la Comunidad Valenciana, número 9, entresuelo, Elche (Alicante) 03201, y dirección de correo electrónica: acandela@novacrevillent.com, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el artículo 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Elche, 23 de julio de 2012.- El Secretario judicial.

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