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Documento BOE-B-2012-2713

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2012, páginas 3576 a 3576 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-2713

TEXTO

Edicto

Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 169/2011 se ha dictado a instancias de Elyme, Sociedad Limitada, en fecha 21 de noviembre, Auto de declaración de concurso del deudor Elyme, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal número B36012359, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera Caldas a Vilagarcía, kilómetro 2,5, parroquia de Bemil, 36650 Caldas.

Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Pontevedra, 21 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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