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Documento BOE-B-2012-26749

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2012, páginas 36084 a 36084 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-26749

TEXTO

Edicto.

Cédula de notificación.

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 26/12, de las personas físicas don José Gustavo Cuadros Vela NIF 78.727.266 Z y doña Georgina Tejada Romero NIF 78.726.872 B, se ha dictado Auto de fecha 22 de junio de 2012., por doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es de tenor literal siguiente:

"Se declara en concurso, que tiene carácter voluntario abreviado a Don José Gustavo Cuadros Vela NIF 78.727.266 Z y doña Georgina Tejada Romero NIF 78.726.872 B y se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a letrado Don Rafael Bermejo Meseguer, miembro único de la administración concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal-redacción dada por la Ley 38/11 de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en un plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.) comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite su representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Contra la declaración de concurso no cabe interponer recurso alguno (artículo 14.2 LC, sensu contrario)."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el administrador concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persona letrado n.º de colegiado 4823 don Rafael Bermejo Meseguer, con DNI 05268991-J con domicilio en Avenida Marítima, 34 Urbanización Mirador de Tabaiba Chalet 21 Código Postal 38190 Tabaiba Baja Teléfono 911262352 Móvil 670565592 y Fax 922683469 correo electrónico " rafaelbermejo@icatf.com.es", extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 2 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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