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Documento BOE-B-2012-26710

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2012, páginas 36045 a 36045 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-26710

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 453/12 y 454/12-C2, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Numero de asunto: Concurso voluntario 453/12 y 454/12, sección C2.

NIG del procedimiento: 2972 y 2973.

Entidad concursada: Boyde, Sociedad Limitada, con CIF B58392432 y Bograde, Sociedad Limitada con CIF B64419484.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del auto de declaración: 29-06-2012.

Administradores concursales: Don Manuel Fco. José Riera Güel (designado por Economics and Legal Solutions, S.L.) con correo electrónico riera@els.cat, domicilio Vía Augusta, 255, local 5, 08017 Barcelona (Barcelona) y número de teléfono: 93.4358971.

Facultad de los concursados: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de documentación o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 11 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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