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Documento BOE-B-2012-26070

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2012, páginas 35169 a 35169 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-26070

TEXTO

Don José Maria Valls Soriano, Secretario en sustitución del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2012-8002861 y número 354/2012A se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 29 de junio de 2012 de "Xuemei Ibérica, Sociedad Limitada", con CIF B63256341, y domicilio en calle Can Perich, 11, primero, Sentmenat, Barcelona, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es don Javier Alejandro Garzón Palacios, con domicilio en Rambla Catalunya, 118, cuarto primero, 08008 Barcelona, y correo electrónico concursal@agg.cat.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio sito en Rambla Catalunya, 118, cuarto, primero, 08008 de Barcelona, o por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además de los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales también se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 4 de julio de 2012.- El Secretario en sustitución.

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