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Documento BOE-B-2012-25700

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2012, páginas 34649 a 34650 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25700

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente hago saber: Que en el procedimiento de concurso Ordinario 710/08 de los deudores Procemi, S.L., Alfonso Parreño Yoldi y José Berraquero González, se ha dictado por este Juzgado de lo Mercantil, Auto de fecha 13 de julio de 2012, cuyo tenor literal es el siguiente:

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal acumulado, de los concursados Procemi, S.L., Alfonso Parreño Yoldi y José Berraquero González.

2. Se abre la fase de convenio que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la Sección quinta.

3. Se convoca Junta de acreedores, del deudor Alfonso Parreño Yoldi, en relación al CNO 711/08, para el día 13 de noviembre de 2012, a las 10:30, del deudor José Berraquero González, en relación al CNO 736/08, para el día 13 de noviembre de 2012, a las 11:30 horas, y del deudor Procemi, S.L., en relación al CNO 710/08, para el día 14 de noviembre de 2012, a las 10:30 horas, en la sala de comparecencias de este órgano Judicial (Sala de Vistas n.º 3).

Se hace saber al concursado y acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio desde la convocatoria de la junta hasta cuarenta días antes de la fecha señalada para su celebración, art. 113.2. L.C.

En este sentido, se tiene por presentadas las propuestas de convenio de fechas 3 y 10 de noviembre de 2011, en los concursos 711/08 y 736/08, respecto de los concursados don Alfonso Parreño Yoldi y don José Cristóbal Berraquero González, acumulados al presente concurso. De acuerdo con lo previsto en el art. 114 LC, requiérase a los mismos, para que en el plazo de tres días, subsanen sus respectivas propuestas en los siguientes términos:

- Que aporten documental consistente en las escrituras públicas que refieren, de cesión de créditos y renuncia a otros, debiendo igualmente aportar justificante de la comunicación acreedor de la cesión o en su caso, de la aceptación de la renuncia a los avales.

- En relación con la propuesta de convenio, y referente a los créditos subordinados, deberá concurrir lo dispuesto en el art. 100.1 LC, por lo que procédase, si así se estima, a su subsanación o justificación de modificación de tales límites.

- Que se aporte y se concrete adecuadamente, un plan de pagos y plan de viabilidad, conforme a lo que exige el art. 100.4 y 100.5 LC, respectivamente, pues los términos en que los citados concursados expresan dichos planes, son demasiado inconcretos, vagos e imprecisos.

Con su resultado, se acordará sobre su admisión o no.

4. Requerir a la Administración Concursal, por 5 días, para que presente informe, según lo dispuesto en el art. 34 L.C., para fijar definitivamente su retribución. Con su resultado, se acordará lo que proceda.

5. Notifíquese este auto al concursado, a la administración concursal y a las partes personadas.

6. Anúnciese la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Ciudad Real, 13 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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