Al amparo de lo establecido en el artículo 90, 90 bis y 91 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, las empresas "Llorente Bus, Sociedad Limitada" y "Auto Res, Sociedad Limitada Unipersonal", han solicitado autorización de colaboración estable entre las concesiones VAC-217 (Ayamonte y Santa Coloma de Gramanet con hijuelas) y VAC-051 (Madrid-Badajoz y Valencia con hijuelas).
Los interesados y afectados en este expediente podrán personarse en el procedimiento y, previo examen de la documentación pertinente en la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre de esta Dirección General (Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, planta cuarta, Despacho A-453, en horas de 9 a 14), o en la Dirección General de Transportes de la Junta de Extremadura y en el Consorcio Regional de Transportes de Madrid, efectuar las observaciones que estimen oportunas en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de junio de 2012.- El Subdirector General, Benito Bermejo Palacios.
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