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Documento BOE-B-2012-22163

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2012, páginas 29930 a 29930 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-22163

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: De lo Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio c, 12.ª planta.

Número de asunto: Concurso voluntario 204/2012 5.ª

Tipo de concurso: Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF: Instal.lacions Elèctriques Abatec, S.L. CIF B64668767.

Fecha del auto de declaración: 10 de mayo de 2012.

Administradores concursales: Don Vicente Puchol Aliaga, con DNI 73908746-V, domiciliado en Barcelona, c/ Roger de Lluria, 112, 5.º 2.ª, como administrador concursal, con correo electrónico vtepuchol@gmail.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 18 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.

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