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Documento BOE-B-2012-20112

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se notifica a Codisetel Operador de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada Unipersonal, un requerimiento de información, de fecha 3 de mayo de 2012, sobre el uso de la numeración de red inteligente asignada tras el cese causado en la Asociación de Operadores para la Portabilidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2012, páginas 27139 a 27140 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2012-20112

TEXTO

Con fecha 10 de abril de 2012 tuvo entrada en el Registro de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones escrito de la Asociación de Operadores para la Portabilidad (AOP) mediante el cual informaba que el operador Codisetel Operador de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada Unipersonal, había causado baja voluntaria como miembro de pleno derecho y sin haber iniciado en su lugar relación alguna con otro operador en calidad de "aparaguado". En virtud de la información recibida por parte de la AOP, con fecha 3 de mayo de 2012 esta Comisión realizó en el marco del expediente DT-INF 2012/395 un requerimiento de información de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre de 2003, General de Telecomunicaciones, con carácter previo a la posible instrucción del correspondiente procedimiento administrativo.

No habiendo resultado posible la notificación del mencionado requerimiento de información a Codisetel Operador de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada Unipersonal, por causas no imputables a esta Comisión, puesto que el mismo se ha intentado infructuosamente dos veces por los servicios de Correos en la forma prevista en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la misma Ley, a requerir por este medio para que, en el plazo de 10 días desde su publicación, remita a esta Comisión la siguiente información referente a los recursos de numeración asignados para la prestación de servicios de tarifas especiales:

· Uso dado a los recursos de numeración asignados.

· Previsiones temporales de los recursos.

· Número de clientes en cada uno de los bloques asignados.

· En caso de decidir el cese de la prestación de servicios de tarifas especiales, manifestación acerca de la voluntad de cancelar los recursos de numeración asignados.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra el requerimiento de información al que se refiere este anuncio, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de esta publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48, apartado 12, de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

El texto íntegro del requerimiento de información puede ser consultado en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en Carrer de Bolivia, 56, de Barcelona.

Barcelona, 7 de junio de 2012.- El Secretario (P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Resolución de 15.09.11, BOE n.º 238, de 03.10.11), Jorge Sánchez Vicente.

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