Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-18987

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2012, páginas 25697 a 25697 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-18987

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en el proceso concursal número 306/11, seguido contra Viveros Huerto de Elche, S.A., con CIF n.º A-03029899, con domicilio en Elche, c/ Juan de Herrera, n.º 5, 1.º izda. (Elche-Parque Industrial), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, folio 29 a 44 del libro 62, sección 3.ª de Sociedades, tomo 235 general, folios 166 y 167 del libro 342, se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de aprobación del Plan de Liquidación de fecha 11 de abril de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

Se acuerda:

1.º Aprobar el plan de liquidación de la mercantil Viveros Huerto de Elche, S.A., con las prevenciones indicadas en el Fundamento Jurídico 1.º

2.º Ordenar la sujeción de la liquidación a las reglas indicada en el Fundamento Jurídico 2.º

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil correspondiente a la concursada para la inscripción de la presente resolución, y publíquese la aprobación del plan en los términos señalados.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismo, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararán los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, a interponer ante este Juzgado en el plazo de 20 días (art. 148 LC).

Para la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Sr./a D/D.ª Rafael Fuestes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma Secretaria

Alicante, 11 de abril de 2012.- La Secretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid