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Documento BOE-B-2012-18741

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 2 de junio de 2012, páginas 25381 a 25381 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-18741

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000063 /2012 se ha dictado en fecha 9 de mayo de 2012 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Empresa Construcciones Facsa, S.A., con CIF A-06156566, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Vicende Delgado Algaba, n.º 10, bajo, de Badajoz.

2º.- Se ha acordado la Suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a "Abogados y Economistas Forenses, S.L.P.", con domicilio postal en C/ Meléndez Valdés, n.º 37, 1.º E, de Badajoz, y dirección electrónica señalada: facsa@acla-abogadosconcursalistas.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.

Badajoz, 22 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

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