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Documento BOE-B-2012-18738

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 2 de junio de 2012, páginas 25378 a 25378 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-18738

TEXTO

D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil 3 de Alicante, con sede En Elche, Anuncia:

Que en el Concurso Abreviado 000401/2010, referente al concursado Hijos de Manuel Giner Soler, S.L., con domicilio en Plaza de Crevillente, 7, bajo (Alicante) CIF n.º B-03484243, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, Tomo 1168, Folio 41, Hoja A-492, por auto de fecha 23.05.12, se ha acordado lo siguiente:

1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de Hijos de Manuel Giner Soler, S.L. el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas y cesa el administrador concursal en su cargo.

3.- Se decreta la extinción de la sociedad. Líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución firme a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.

4º. Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de cinco años, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal.

5º. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

Elche, 23 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.

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