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Documento BOE-B-2012-14727

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2012, páginas 19903 a 19903 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-14727

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 19/ 2012 en el que se ha dictado con fecha 15/2/12 auto declarando en estado de concurso a la entidad Ferros Iluro, S.L., con CIF B59433862 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8000080.

Tipo de concurso: Voluntario.

Concursada: Ferros Iluro, S.L., con domicilio en C. Can Negoci, 6-8, Argentona (Barcelona).

Administrador/es concursal/es: Don Alejandro Palomar Maristany, con domicilio en Josep de Peray, número 19, baixos 2.ª, Sant Cugat del Vallés, C.P. 08173, Barcelona con correo electrónico a.palomar@icab.cat.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 16 de febrero de 2012.- Secretario Judicial.

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