Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-14725

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2012, páginas 19901 a 19901 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-14725

TEXTO

Secretario en sustitución don Francisco Velasco García-Plata, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 735/2011-A se ha declarado, mediante auto de fecha 11/4/2012, el concurso necesario de Representaciones Conrey 2002, Sociedad Limitada, con NIF B-62762794, y domicilio en calle Autonomía, 157, puerta 4, 08226 Terrassa, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal Insolnet Administradores Concursales, Sociedad Limitada Profesional en la persona de don Juan LLoret Villota y con dirección electrónica creditors@insolnet.es en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto, en el domicilio del administrador concursal sito en Avenida Josep Tarradellas, 123-127, 5, teléfono 93-218.23.00.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 18 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid