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Documento BOE-B-2012-13533

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2012, páginas 18316 a 18316 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-13533

TEXTO

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000053/2011, seguido a instancias de la Procuradora doña Gema Ayala Domínguez, en nombre y representación de don Pedro Medina Ramos y doña Agustina Tacoronte Mendoza, se ha dictado Auto el día 23 de febrero de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de don Pedro Medina Ramos y doña Agustina Tacoronte Mendoza D. con DNI n.º 42752004 y n.º 42778583, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradora del concurso a: Doña Noelia Herrera Lobato, economista, con domicilio profesional en la calle Pablo Penáguila, n.º 44, 4.º Izquierda, Las Palmas de Gran Canaria, CP35012, e-mail: nherrera@economistas.org

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mesa contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.

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