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Documento BOE-B-2012-13095

Anuncio de la Notaría de don José Luis López Orozco, en Alicante, sobre la subasta notarial de finca.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2012, páginas 17711 a 17711 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-13095

TEXTO

Don José Luis López Orozco, Notario del Ilustre Colegio de Valencia con residencia en Alicante,

Hago saber: Que en mi notaría, sita en Alicante, calle General Lacy, número 15, 1.º, puerta B, se lleva a cabo venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada: Terreno en la partida de los Ángeles, punto llamado Plá del Bon Repós, término de Alicante, hoy catastrada con el número 9. Ocupa una superficie de quinientos ocho metros dieciséis decímetros cincuenta centímetros cuadrados, inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Alicante, al tomo 3.430, libro 2.502, folio 191, finca n.º 109.536.

En la notaría tendrán lugar: la 1.ª subasta de la misma, el día 1 de junio de 2012, a las 10:00 horas, siendo el tipo base el de un millón ciento treinta y cuatro mil doscientos euros (1.134.200,00 €); de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el día 2 de julio de 2012, a las 10:00 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 del correspondiente a la primera; y en los mismos casos la 3.ª subasta, el día 30 de julio de 2012, a las 10:00 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 6 de agosto de 2012. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Alicante, 18 de abril de 2012.- El Notario.

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