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Documento BOE-B-2011-6691

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2011, páginas 20697 a 20697 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-6691

TEXTO

Edicto.

Doña Milagros Alcon Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000445/2010 se ha dictado a instancias de Sillería Antonio Sanz, S.L., CIF B50117464, con domicilio en Carretera Logroño kilómetro 2,400, Polígono Industrial El Portazgo, Parcela 1, Bloque B; en fecha 18 de enero de 2011 se ha dictado Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la dirección descrita.

Segundo.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición quedan intervenidas.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que efecte y, en su caso, los datos registrales acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

En Zaragoza, 7 de febrero de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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