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Documento BOE-B-2011-5341

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2011, páginas 16347 a 16347 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-5341

TEXTO

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 443/10, se ha dictado a instancias de Agencia Estatal de la Administración Tributaria en fecha 26 de enero de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Gumersindo Garcia Zaragoza, S.A. con CIF A28890382, cuyo centro, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Crt. Nacional II, Km. 333, PG.BTV Nave 68 de la Puebla de Alfinden.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirán ejerciendo el deudor.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 26 de enero de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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