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Documento BOE-B-2011-5334

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2011, páginas 16340 a 16340 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-5334

TEXTO

Edicto

D. Paula Cristina de Juan Salva, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el numero sección I declaración de concurso 328/10, se ha dictado a instancias del Procurador Miguel Socias Rosselló, en nombre y representación de Paguera Inversiones Inmobiliarias, S.A., Sunna, S.A., Unimotor, S.A., Hotel Luna Park, S.L., en fecha 27 de julio de 2011 auto de declaración de concurso necesario del deudor Inturco Hotels &Clubs.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la declarada en concurso que serán sustituidas por la administración concursal.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Palma de mallorca, 27 de enero de 2011.- El/La Secretario Judicial.

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