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Documento BOE-B-2011-4948

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2011, páginas 14673 a 14673 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-4948

TEXTO

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el Presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración concurso 552/2010 se ha dictado a instancias de Andrés Rigo Riera en fecha 11 de enero de 2011 auto de Declaración de concurso voluntario Abreviado del deudor Andrés Rigo Riera.

Segundo.- Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto y cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 11 de enero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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