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Documento BOE-B-2011-4924

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2011, páginas 14648 a 14648 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-4924

TEXTO

Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, por el presente Hago Saber, que en fecha 12 de enero de 2011 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de liquidación en el concurso n.º 307/10-r que se tramita frente a la mercantil Laboratorio de Ensayos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Alicante S.L.U., con CIF B-53325841, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Se acuerda poner fin a la fase común.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo.

3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4. Se declara la disolución de la mercantil Laboratorio de Ensayos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Alicante S.L.U., así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el Art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación.

7. Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del Art. 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen).

Dentro de los 5 días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (Art. 168 LC)

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de éste Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Alicante, 12 de enero de 2011.- El Secretario.

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