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Documento BOE-B-2011-42869

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia publicando actuaciones seguidas en la tramitación de expediente sancionador (acuerdo de iniciación) por haber resultado fallidas las notificaciones por correo.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2011, páginas 105456 a 105457 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2011-42869

TEXTO

Intentada la notificación al interesado, sin haber podido practicarse, y en aplicación de lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), se hace pública notificación a Doña Sacramentos Campos Sánchez del Acuerdo de Iniciación del expediente sancionador MU.11.1004, dictado en fecha 08/11/11 por el Jefe del Servicio de Conservación y Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia, por la ejecución de obras consistentes en ampliación de vivienda existente en zona de afección de la autovía A-7, a 53 metros de la arista exterior de la calzada de la referida carretera, punto kilométrico 616+096, margen derecha, término municipal de Totana, sin disponer de la correspondiente autorización administrativa. Tales hechos son constitutivos de la infracción tipificada como leve en el artículo 31.2.a) de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, sancionable con multa de entre 198,33 euros hasta 3.786,38 euros, en virtud de lo dispuesto en el artículo 112.1 del Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras. En el acuerdo de iniciación también se comunica al interesado su obligación de reponer las cosas al estado anterior, según lo prevenido en el artículo 115 del citado Reglamento General de Carreteras.

El Instructor y Secretaria designados para la tramitación del expediente sancionador son Don Pedro González Martínez y Doña Carmen Bernal Martínez, respectivamente, cuya recusación podrá promover el interesado conforme a los artículos 28.2 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El plazo de resolución del expediente es de doce meses, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación hasta la fecha de notificación de la resolución, transcurrido el cual sin que se produzca aquélla se dictará resolución declarando la caducidad del procedimiento y ordenando el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en la legislación vigente (artículo 34.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

En virtud de lo previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, el interesado dispone del plazo de quince días, desde el siguiente a la publicación de este anuncio, para, si lo estima oportuno, formular las alegaciones que considere pertinentes y, en su caso, proponer prueba, con advertencia de que si no formula alegaciones en el referido plazo el acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos señalados en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

El expediente completo se encuentra a disposición del interesado en las oficinas de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia, sita en Avenida Alfonso X El Sabio, núm. 6, 3.ª planta, 30008 - Murcia.

Murcia, 19 de diciembre de 2011.- El Ingeniero Jefe del Servicio de Conservación y Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia, don Antonio M. Martínez Menchón.

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