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Documento BOE-B-2011-41225

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de diciembre de 2011, páginas 103136 a 103136 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-41225

TEXTO

Edicto

Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal nº 52/2011, seguido a instancias del Procurador Gerardo Pérez Almeida, en la representación procesal de Obras y Asfaltos Canarios, S.L., se ha dictado Auto el día 2 de diciembre de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Obras y Asfaltos Canarios, S.L., con CIF B35388867 y domicilio en calle Plácido Felitas, nº 5, urbanización industrial El Cascajo, Jinámar, término municipal de Telde, Las Palmas; el que se tramitará por el procedimiento concursal ordinario y con carácter de voluntario.

Se designan como administradores concursales: al abogado Joaquín de León Madueño, el economista Enrique Benítez Bizcarri y el acreedor se designará cuando conste quien reúna las condiciones exigidas en el art. 27.1.3º de la Ley Concursal.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el nº 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados podrán comunicar sus créditos sin necesidad de comparecer en forma (art. 184.3 LC.).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así comode notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de G.C., 2 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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