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Documento BOE-B-2011-40786

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 15 de diciembre de 2011, páginas 102530 a 102530 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-40786

TEXTO

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal numero 1423/10 referente a los concursados Construcciones Pascual Ciordia, Sociedad Limitada, con CIF B26415380, con domicilio social en Arnedo, calle Santa Eulalia, 4, Revestimientos Pascual Ciordia, S.C., con CIF J-26283358, con domicilio social en Arnedo, calle San José 1, 1.º D, Javier Pascual Ciordia y Silvia Rada Soldevilla, con domicilio ambos en Quel, calle la Paz, 28, y DNI 16570111-Z y 16589483-C, respectivamente, por Auto de fecha 14 de noviembre de 2011 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el articulo 142.1.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose las secciones quinta y sexta del concurso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursadas sobre su patrimonio.

3.- La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Se declara extinguido el derecho de alimentos de los concursados con cargo a la masa activa.

5.- En el plazo de ocho días computados desde la notificación del Auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme al artículo 148 de la Ley Concursal.

6.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

De conformidad con lo estipulado en el articulo 168 de la Ley Concursal, dentro de los cinco días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

Este edicto se publicara en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 14 de noviembre de 2011.- La Secretario Judicial.

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