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Documento BOE-B-2011-3420

ÚBEDA

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2011, páginas 9554 a 9554 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-3420

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento Medidas sobre hijos de uniones de hecho 242/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Úbeda a instancia de Verónica Millán Navidad contra Alexander Sanabria Vásquez sobre Medidas Hijos Uniones de Hecho, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia nº70/10

En Úbeda, a 27 de mayo de 2010

Por D.Miguel Ortega Delgado, Juez del Juzgado de 1ªInstancia e Instrucción nº1 de los de Úbeda, han sido vistos los autos de Medidas sobre Hijos de Uniones de Hechos nº242/09 promovidos por Da.Verónica Millán Navidad, representada por la Procuradora Sra.Moreno Arredondo y defendida por el Letrado Sr.Arias Charriel contra D.Alexander Sanabria Vásquez, declaro en rebeldía, con la intervención del Ministerio Fiscal.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda presentada Da.Verónica Millán Navidad debo establecer y establezco como medidas civiles respecto a su hija menor, Erika Sanabria Millán, habida en su unió de hecho con D.Alexander Sanabria Vásquez, las fijadas en los Fundamentos de Derecho de la presente resolución.

Sin expreso pronunciamiento en costas.

Contra esta sentencia que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén en los 5 días siguientes al de su notificación para cuya admisión deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, de conformidad en lo establecido en el apartado 3º de la Disposición Adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi Sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- La anterior resolución fue leída y publicada el día de su fecha, por el Sr.Juez que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Alexander Sanabria Vásquez, extiendo y firmo la presente

Ubeda, 29 de junio de 2010.- El Secretario.

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