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Documento BOE-B-2011-29587

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se notifica a la entidad Ruzorange, Sociedad Limitada, la comunicación efectuada por esta Comisión en relación con el cese definitivo de la actividad como operador móvil virtual (Expediente 2010/846).

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 17 de septiembre de 2011, páginas 86910 a 86910 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2011-29587

TEXTO

No habiendo resultado posible la notificación a la entidad Ruzorange, Sociedad Limitada, de la comunicación efectuada en el seno del expediente RO-CTL 2010/846, relativo a la separación forzosa como asociado de la Asociación de Operadores para la Portabilidad Móvil (como consecuencia del cese temporal de la actividad como operador móvil virtual y el impago de cuatro facturas relativas a las contribuciones para cubrir el coste de gestión y mantenimiento de la Entidad de Referencia), por causas no imputables a esta Comisión, debido a que la misma se ha intentado infructuosamente por los servicios de Correos en fechas 25 de julio y 20 de agosto de 2011 en el domicilio a efectos de notificaciones que consta en esta Comisión, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a notificar dicha comunicación por este medio.

Como consecuencia de la existencia de indicios sobre el cese definitivo de la actividad por parte de Ruzorange, Sociedad Limitada, desde junio de 2010, al amparo de lo previsto en el artículo 78.1 de la referida Ley de Procedimiento Administrativo, se requiere a dicha entidad para que, en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la presente publicación, informe sobre el cese definitivo de la actividad como operador móvil virtual así como sobre la cancelación de las subasignaciones de los bloques de numeración móvil de los que actualmente es titular, al objeto de regularizar su situación en los Registros de Operadores y de Numeración cuya llevanza corresponde a esta Comisión.

Asimismo, se informa que a falta de respuesta por parte de la entidad Ruzorange, Sociedad Limitada, sobre la continuidad o no en la prestación de los servicios de telefonía móvil en el plazo indicado, esta Comisión iniciará el correspondiente procedimiento de extinción de la condición de operador de Ruzorange, Sociedad Limitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 del Reglamento de sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Real Decreto 424/2005.

Por último, se le comunica que tiene derecho a acceder al expediente de referencia en la sede de esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en Calle Bolivia, 56, Barcelona.

Barcelona, 9 de septiembre de 2011.- El Secretario (P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Resolución de 8/5/2008, BOE n.º 142, de 12/6/2008), Jorge Sánchez Vicente.

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