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Documento BOE-B-2011-25744

Anuncio de la Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial por la que se da publicidad a la notificación de inicio del procedimiento de reintegro de ayuda anualidad 2008 concedida a la empresa Johana Empresarial, S.L., correspondiente al Expediente FIT-310101-2007-2 (anualidad 2008).

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 30 de julio de 2011, páginas 81223 a 81223 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2011-25744

TEXTO

Habiendo intentado la notificación según lo establecido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y no siendo posible, por el presente anuncio, la Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial notifica a la empresa Johana Empresarial, S.L. notificación de inicio del procedimiento de reintegro de ayuda correspondiente al expediente FIT-310101-2007-2.

El 4 de septiembre de 2007 se concedió a conceder a Johana Empresarial, S.L. una ayuda en forma de subvención por importe de 142.500,00 euros y un préstamo de 925.000,00 euros (anualidad 2008) para el proyecto "Profimar: Desarrollo tecnológico industrial de estructuras avanzadas para el cultivo de especies marinas y su aprovechamiento en condiciones ecosostenibles".

Realizada la comprobación económica de los gastos imputados a la anualidad y expediente de referencia, se procede a comunicarle, el inicio del expediente de reintegro de la ayuda.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 42.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones de 17 de noviembre y el articulo 94.2 del Real Decreto 887/06, de 26 de julio, con esta comunicación se inicia el trámite de audiencia previo a la resolución de reintegro total de la ayuda, disponiendo de un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente escrito, para que alegue o presente, si así lo estima, los documentos y justificaciones que consideren pertinente.

No se tendrán en cuenta en este procedimiento hechos, documentos o alegaciones presentados por el beneficiario cuando, habiendo podido aportarlos en la fase de justificación de la ayuda, no lo haya hecho.Si no formula alegaciones en el plazo citado, se continuará el procedimiento de reintegro total de la ayuda.

En caso de efectuar alegaciones, éstas deberán ser presentadas siguiendo las instrucciones que figuran en la siguiente dirección: http://www.mityc.es/portalayudas una vez aportada dicha documentación le rogamos envíe notificación al correo electrónico profitindustrial@micinn.es.

Lo que se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, modificada por la Ley 4/2000 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 15 de julio de 2011.- El Subdirector General de Fomento de la Innovación Empresarial. FD.º: Luis Cueto Álvarez de Sotomayor.

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