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Documento BOE-B-2011-25648

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 30 de julio de 2011, páginas 81072 a 81072 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-25648

TEXTO

D./D.ª Concepción Álvarez García, Secretario/a Judicial de Jdo. 1A. Inst. e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órganos judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 71/2011 se ha dictado en fecha 27 de abri del 2011 Auto de Declaración de concurso voluntario del deudor Hermanos Alcolado Patiño, S.L., con C.I.F. B-45318938 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Villafranca de los Caballeros (Toledo).

2º.- Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la concursada.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de 15 días a partir del día siguiente de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquiere otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que desen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Toledo, 27 de abril de 2011.- El/La Secretario/A Judicial.

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