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Documento BOE-B-2011-24242

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2011, páginas 78750 a 78751 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-24242

TEXTO

Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Concurso 331/2011 se ha dictado a instancias de Expertial Center 21, Sociedad Limitada; Aqua Hotels, Sociedad Anónima; Bastimentero, Sociedad Limitada; Hoteles Costa Oriental, Sociedad Anónima; Candentur, Sociedad Limitada; Innovaciones Acadia Tres, Sociedad Limitada; Nor Sur Menorca, Sociedad Limitada; Ribell Advance, Sociedad Limitada; Expotels; Sociedad Limitada; Uriel Advance, Sociedad Limitada; Estancia Hotelera, Sociedad Anónima, en fecha 21 de junio de 2011 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor:

1. Expertial Center 21, Sociedad Limitada, con CIF B-97624241 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

2. Aqua Hotels; Sociedad Anónima, con CIF A-07714611 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

3. Bastimentero, Sociedad Limitada, con CIF B-84057728 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

4. Hoteles Costa Oriental, Sociedad Anónima, con CIF A-07021736 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

5. Candetur, Sociedad Limitada, con CIF B-92169655 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

6. Innovaciones Acadia Tres, Sociedad Limitada, con CIF B-84335199 y domicilio en calle La Mar, s/n, urbanización Calas Picas, Hotel Menorca Sea Club, Cala en Blanes (Ciutadella), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

7. Nor-Sur Menorca, Sociedad Limitada Unipersonal, con CIF B-07871387 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

8. Ribell Advance Sociedad Limitada, con CIF B-57578635 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

9. Expotels, Sociedad Limitada, con CIF B-07114903 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

10. Uriel Advance, Sociedad Limitada, con CIF B-57578619 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

11. Estancia Hotelera, Sociedad Anónima, con CIF A-07014517 y domicilio en la calle Isaac Albéniz, número 3, urbanización La Romana, Hotel Berverly Playa, Paguera (Calviá), representada por el Procurador don Alejandro Silvestre Benedicto.

2.º-Se ha ordenado la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 21 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

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