Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-18638

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2011, páginas 62893 a 62893 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-18638

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en la sección I de declaración del concurso de los autos de concurso abreviado voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 1081/2010-A se ha dictado en fecha 30-05-2011 auto de declaración de concurso voluntario de la entidad deudora "Corporación Turística Valdeazogues, S.L.", con CIF. nº B-13350723 y domicilio social en plaza de Waldo Ferrer, s/n.º, de la localidad de Almadén (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicha localidad.

2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo la deudora quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los Administrador/es concursal/es, mediante su autorización o conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 30 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid