Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-15875

SABADELL BS GARANTÍA SUPERIOR 3, F.I.
(FONDO ABSORBENTE)
SABADELL BS GARANTÍA EXTRA 6, F.I.
(FONDO ABSORBIDO)

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2011, páginas 52335 a 52335 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2011-15875

TEXTO

Fusión por absorción de Fondos de Inversion.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público:

Que, en fecha 30 de marzo de 2011, el Consejo de Administración de BanSabadell Inversión, S.A., S.G.I.I.C., Sociedad Unipersonal, como Sociedad Gestora, y en fecha 24 de marzo de 2011 el Consejo de Administración de Banco de Sabadell, S.A., como Entidad Depositaria de Sabadell BS Garantía Superior 3, F.I. (Fondo absorbente) y Sabadell BS Garantia Extra 6, F.I. (Fondo absorbido), tomaron por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los mencionados Fondos.

Que, con fecha 6 de mayo de 2011, la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado el proyecto de fusión de los citados Fondos presentado por su Sociedad Gestora y su Entidad Depositaria, en el que se recoge la fusión por absorción de los mismos, con disolución sin liquidación de la institución absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la institución absorbente, que sucede a título universal en todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.

Que, como consecuencia de lo anterior y dado que ninguno de los Fondos afectados aplican comisiones o descuentos por reembolso, los partícipes que lo deseen pueden reembolsar sus participaciones al valor liquidativo que corresponda al día de la solicitud. Esta fusión no se ejecutará hasta, al menos, transcurrido un mes desde la fecha de publicación de este anuncio o desde la fecha de remisión de las comunicaciones, si éstas fueran posteriores.

Que, asimismo, los acreedores de los Fondos participantes en la fusión podrán oponerse a la misma en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar, que los partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar y obtener, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del proyecto de fusión.

Sant Cugat del Valles, 9 de mayo de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración de BanSabadell Inversión, Sociedad Anónima, S.G.I.I.C., Sociedad Unipersonal, Jesús Leal Palazón.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid