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Documento BOE-B-2011-15581

BERJA

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2011, páginas 51957 a 51958 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-15581

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 150/2009 seguido a instancia de Yolanda Ramos de la Llave frente a Francisco José Villegas García se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y de Violencia Sobre la Mujer número 2 de Berja.

Divorcio Contencioso 150/09.

Sentencia

En Berja, a 12 de noviembre de 2009.

Vistos por mí, Doña Noemí Lázare Gómez, Juez de este Juzgado, los presentes autos de divorcio, registrados con el nº 150/09, y seguidos a instancia de doña Yolanda Ramos de la Llave representado por el Procurador Sra. Leal Calzadilla contra don Franciso José Villegas García, en situación de rebeldía procesal,

Fallo

Declarar disuelto por divorcio el matrimonio contraído entre doña Yolanda Ramos de la Llave y don Francisco Jóse Villegas García, el día 28 de septiembre de 1991 con todas las consecuencias legales inherentes a dicha declaración, confirmándose las medidas acordadas en su día en sentencia de separación de fecha 14 de marzo de 2005 dictada en los autos 294/2004 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 2 de Berja, a excepción de lo relativo a la pensión de alimentos, estableciéndose lo siguiente:

- Don Francisco José Villegas García abonará en concepto de pensión de alimentos la cantidad de 450 euros mensuales a favor de cada uno de los hijos menores, dentro de los 5 días primeros de cada mes ingresándolos en la cuenta que designe la esposa, cantidad que se actualizará anualmente de acuerdo con el IPC.

Sin expresa imposición de costas.

Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, al Registro Civil en donde conste inscrito el matrimonio.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de la misma y de conformidad con lo preceptuado en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, lo acuerda, manda y firma, Doña Noemí Lázare Gómez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Berja y de Violencia Sobre la Mujer.

Publicación.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública, con mi asistencia, el Secretario; de todo lo cual, doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Francisco José Villegas García, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Berja, 28 de abril de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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