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Documento BOE-B-2011-14752

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2011, páginas 49426 a 49427 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-14752

TEXTO

Edicto.

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el Concurso de Acreedores (Voluntario, Abreviado) n.º 269/10-D de los seguidos en este Juzgado y de la mercantil "Becoral Promociones, S.L." (con domicilio social en Alicante, C.P. 03013, C/ San Carlos 48-50, bajo, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2458, folio 116, hoja A-65948, inscripción 1.ª, (CIF: B-53590642), en el día de la fecha, se ha dictado Auto cuya Parte Dispositiva es del tenor siguiente:

"1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición de la deudora sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

5.- Preséntese por la Administración Concursal, en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso.

Dentro de los cinco días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la Administración Concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

8.- Notifíquese la presente resolución a la concursada, a través de su representante en autos, y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose asimismo a la publicación de Edictos, de forma urgente y gratuita, en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Alicante para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la Administración Concursal.

Entréguese el Edicto para el BOE y el despacho para el Registro Mercantil al procurador Sr. Fernández Arroyo para que cuide de su diligenciado.

Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, a efectos de que el interesado pueda interponer el recurso de apelación diferido a este momento (art. 98 LC, Real Decreto L. 3/2009).

Modo de impugnación: Mediante recurso de Reposición...".

Alicante, 12 de abril de 2011.- Secretaria Judicial.

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