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Documento BOE-B-2011-13759

ARONA

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 2011, páginas 45793 a 45793 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-13759

TEXTO

Edicto

Juzgado de Instrucción n.º 1 (antiguo Primera Instancia e Instrucción n.º 6).

Cédula de Notificación.

En el procedimiento de referencia 960/2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Arona a 30 de noviembre de 2010, vistos por S.S.ª doña Nuria Fiestas de Fuentes, Juez por Sustitución del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Arona y su partido los presentes autos de juicio verbal número 960/10 sobre reclamación de cantidad seguidos en este Juzgado, entre partes, de una, como demandante don Cristian Sendín Katschner, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Cristina Escuela Gutiérrez y defendido por la Letrada doña Carmela Pena Rubiándes y de otra, como demandado, don Antonio Hermógenes Pomet Fernández, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Cristina Escuela Gutiérrez, en nombre y representación de don Cristian Sendín Katschner, contra don Antonio Hermógenes Pomet Fernández, en situación de rebeldía procesal, condeno al mismo al pago de la cantidad de dos mil trescientos setenta y cinco euros (2.375,00 euros), más los intereses, con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas en el presente pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes y hágase saber que la misma no es firme. Cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. EL recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, escrito que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículos 455 y 457 de la Ley 1/2000, de 8 de enero, de Enjuiciamiento Civil).

Líbrese testimonio de la presente sentencia que se unirá a los presentes autos, quedando el original en el libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La predecente sentencia fue leída y publicada por la Sra. Juez por sustitución que la dictó estando celebrando audiencia pública el mismo día de su pronunciamiento. Doy fe en Arona.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Don Antonio Hermógenes Pomet Fernández, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Arona, 25 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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