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Documento BOE-B-2011-1123

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2011, páginas 2840 a 2840 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-1123

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000119/2010 se ha dictado a instancias de Construcciones Villaleon S.A y Desarrollos Inmobiliarios El Capri, S.L., en fecha 21 de diciembre del 2010 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Promotora Constructora Díaz Amado S.L., con CIF n.º B06354336, con domicilio en calle Vicente Delgado Algaba, 10, bajo, que coincide con su centro de intereses principales.

2º.- Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal integrada por: Don Claudio Alberto Swiec Tenenbaum, economista, con despacho profesional en calle Meléndez Valdés, 37, 1.º B, Badajoz.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ente este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 23 de diciembre de 2010.- El/la Secretario/a Judicial.

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