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Documento BOE-B-2010-6548

Anuncio de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de notificación de la O.M. de 10 de febrero de 2010, de la modificación de la zona de servidumbre de protección entre los vértices M-20 a M-44 del deslinde aprobado por O.M de 28 de diciembre de 2001, del término municipal de San Fernando (Cádiz). Ref. DL-44-CÁDIZ.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 20 de febrero de 2010, páginas 16627 a 16627 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2010-6548

TEXTO

Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:

"I) Aprobar la modificación de la zona de la servidumbre de protección en el tramo comprendido aproximadamente entre los vértices M-20 y M-44, del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de las playas, marismas y caños comprendidos entre la carretera de Camposoto y el muelle de Gallineras, en el término municipal de San Fernando (Cádiz), aprobado por O.M. de 28-12-2001, según se define en los planos fechados septiembre de 2008.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."

Madrid, 10 de febrero de 2010.- El Coordinador de Área, don José Ramón Martínez Cordero.

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