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Documento BOE-B-2010-6034

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 17 de febrero de 2010, páginas 15378 a 15378 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-6034

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en procedimiento concursal n.º 35/2006 seguido a instancias del Procurador don José Lorenzo Hernández Peñate, en nombre y representación de Davinia Robles Marrero, M.ª de las Nieves Yánez Aranzueque, Tomás José Rijo Linares, M.ª Sheyla Benítez Hernández, José Antonio Mateo Sosa, Lorena Díaz Rosales, Yésica de los Reyes Arencibia Henríquez, José Juan Armas Cabrera, Manuel Macias Rodríguez, Juan Faustino Ramírez Armas, Bárbara Cabera Yánez, Lorenzo Gabriel Díaz Armas, Pedro Urrestarazu Montesdeoca, M.ª del Pino Curiel Pérez, José Manuel Deniz García, Juan Carlos González Santana, Francisco de Borja Llano Rodríguez y Orlando José Suárez Fernández, se ha dictado Auto en el día 11 de enero de 2010 en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:

"Se declara el concurso de Arqueinga S.L., con C.I.F. n.º B-35758622, el cual se tramitará por el procedimiento abreviado.

A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Necesario.

Se designa como Administrador del concurso al letrado don Mario Ghosn Santana.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la publicación acordadas en el Auto, conforme establece el apartado uno del artículo 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio se acuerda la intervención de dichas facultades de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 y 3 de la L.C.

Tomás Luis Martín Rodríguez, Magistrado-Juez.-María Victoria Basanta Eiras, Secretaria.- Firmados y rubricados."

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.

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