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Documento BOE-B-2010-5127

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en el recurso de alzada número 2009/00721 y 2009/00722 (IC 1318/2008 y 1319/2008) interpuesto por D. José Antonio Fernández González contra la resolución de 2 de diciembre de 2008 de la Dirección General de Transportes por Carretera.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 2010, páginas 12640 a 12640 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-5127

TEXTO

Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado Artículo por el presente anuncio se notifica a D. José Antonio Fernández González en representación de Transportes Drecos, S.L., el acto siguiente:

"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto desestimar los recursos de alzada formulados por D. José Antonio Fernández González, en nombre y representación de Transportes Drecos, S.L., contra las resoluciones de la Dirección General de Transportes por Carretera, de fecha 2 de diciembre de 2008, que le sancionan con dos multas por un importe total de 9.200,00 euros por la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 140.20 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre por la conducción ininterrumpida superior al 50% del tiempo máximo autorizado (Expedientes IC 1318/2008 e IC 1319/2008), resoluciones que se declaran subsistentes y definitivas en vía administrativa.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Las referidas multas deberán hacerse efectivas dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolucion, transcurrido el cual sin haber satisfecho la sanción impuesta en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la LOTT y 215 de su Reglamento de aplicación, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.

Las multas impuestas deberán hacerse efectivas mediante ingreso o transferencia en la cuenta corriente del BBVA 0182-9002-42, n.º 0200000470, P.º de la Castellana, 67, Madrid, haciendo constar el número del expediente sancionador. "

El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana, 67 (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid.

Madrid, 4 de febrero de 2010.- Isidoro Ruiz Girón, Subdirector General de Recursos.

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