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Documento BOE-B-2010-43626

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil. Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones. Sobre la notificación a don Raúl Marcos Domínguez Cornejo para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 21 de diciembre de 2010, páginas 144316 a 144317 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2010-43626

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don Raúl Marcos Domínguez Cornejo (33.510.376-C) la notificación de 15 de junio de 2010, relativo al reintegro de pagos indebidos y una vez expuesto en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) entre los días 19 de octubre al 19 de noviembre de 2010, se resuelve la publicación de la presente en el BOE y cuyo texto completo es el siguiente:

"Con escrito de este Servicio, número 111.416 de 15-06-2010, se le intentó la notificación de un procedimiento de reintegro por el percibo indebido de la cantidad de 125,87 euros al abonarle los importes correspondientes a las contribuciones de los años 2004 al 2009 ambos inclusive, al haber adquirido la condición de partícipe del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado desde el día 1 de mayo de 2004. Posteriormente causó baja en el Plan de Pensiones con fecha 25 de mayo de 2009, al obtener la condición de beneficiario derivada de su pase a retiro, siendo modificada posteriormente tal fecha, en cumplimiento de sentencia, pasando a la citada situación a partir del 30 de septiembre de 2008. Como quiera que del total de la cantidad de 677,38 euros, percibidos en concepto de prestación, no le pertenece la cantidad de 125,87 euros correspondiente a la suma del importe de la contribución del año 2009; procede comunicar que tal cantidad será sometida a la consideración de "cantidades indebidamente percibidas."

Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de audiencia, y en consecuencia.

Acuerdo declarar que la cantidad de 125,87 euros, percibida por don Raúl Marcos Domínguez Cornejo (33.510.376-C), en concepto de contribución del plan de pensiones del año 2009, tiene la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Director General de la Policía y de la Guardia Civil, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación en el BOE, en base a cuanto disponen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Por razones de agilidad en la tramitación del expediente, el citado recurso se remitirá a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (Carretera de Andalucía km 25,500), CP 28.343 Valdemoro (Madrid), aportando las pruebas necesarias para fundamentar sus pretensiones.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 15 de diciembre de 2010.- Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil. Don Fausto Gallego González.

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