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Documento BOE-B-2010-43124

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 18 de diciembre de 2010, páginas 142955 a 142955 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-43124

TEXTO

Edicto

Doña Lucía Peces Gómez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, Hago Saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000180/2010 se ha dictado a instancias de Monte de Piedad y Caja General de Ahorros de Badajoz representada por la procuradora Doña Esther Martín Castizo en fecha 11 de Noviembre de 2010, Auto de Declaración de Concurso Necesario de la mercantil Talleres Remedios, S.A. con CIF número A-06031751, cuyo domicilio que coincide con su centro de intereses principales lo tiene Polígono Industrial el Nevero Ampliación Parcela 24.

2.º Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido aquel por el administrador concursal, que se designará al efecto

El Abogado Don Ismael Soto Teodoro con domicilio en Calle Vicente Delgado Algaba número 100. 06010 Badajoz.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de Quince Días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal)

Badajoz, 11 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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