Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-42873

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria sobre la Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del expediente de Información Pública del proyecto de trazado: "Nueva ubicación del Enlace de Heras entre la autovía Solares-Santander y la antigua carretera N-635. Provincia de Cantabria". Clave 15-S-5670.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 15 de diciembre de 2010, páginas 141745 a 141747 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-42873

TEXTO

La Dirección General de Carreteras y por Delegación la Subdirección General de proyectos (Orden de 12 de julio de 1999), ha resuelto con fecha de 28 de octubre de 2010 lo siguiente:

1. El Proyecto de Trazado de referencia (en lo sucesivo Proyecto) está suscrito en Septiembre de 2010.

2. El Proyecto conforme con lo indicado en la Orden de Estudio, ha sido redactado por la empresa APIA XXI, mediante un contrato de Asistencia Técnica que ha sido suscrito con fecha 14 de Julio de 2005, siendo el Ingeniero Autor del proyecto (en lo sucesivo Autor) el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D. Alfredo Diego Abascal y actuando como Director del proyecto el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos don Fernando Saldaña Martín, afecto a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria.

3. El objeto del Proyecto es definir la nueva ubicación del Enlace de Heras, en sustitución del existente, por lo que es de aplicación el artículo 10 de la Ley de Carreteras, Modificado por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, y concordantes de su Reglamente y, en consecuencia, el Proyecto deberá someterse a Información Pública.

4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa sean publicadas en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cantabria y en un Diario de gran tirada de dicha provincia (artículo 18.2).

En virtud de dicha Resolución y de conformidad con los dispuesto en el artículo 10 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, y en el artículo 34 del vigente Reglamento General de Carreteras, aprobado por el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, se somete el citado documento y la Resolución de aprobación provisional del mismo al trámite de Información Pública por período de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, en cumplimiento de la Resolución citada, así como de lo dispuesto en la Orden Circular 22/2007, sobre instrucciones Complementarias para la tramitación de proyectos, y los artículos 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se somete a trámite de Información Pública, por un período de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio en el boletín Oficial del Estado, la Resolución referida y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que se consideran de necesaria ocupación.

Por ello, con el fin de que los interesados puedan examinar a los efectos del artículo 10 de la Ley de Carreteras, de la Orden circular 22/07 y de los artículos 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación, el citado documento y la Resolución de aprobación provisional del mismo, durante el período de información pública, estará expuesto al público en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria (C/ Vargas, n.º 53, 9.ª planta, Santander) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Medio Cudeyo, Cantabria.

De acuerdo con el artículo 34.1 del Reglamento General de Carreteras, podrán presentarse en este trámite las observaciones que deberán versar sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y sobre la concepción global de su trazado.

En dicho plazo podrán presentarse las alegaciones y observaciones que se consideren oportunas sobre la relación de bienes y derechos cuya expropiación es necesaria para la ejecución de las obras definidas en el proyecto de referencia, con el objeto de que cualquier persona pueda aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación que se publica en este anuncio u oponerse, por razones de fondo o de forma, a la necesidad de ocupación.

Esta publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Se hace constar expresamente que la autovía tendrá limitación de accesos a las propiedades, así como las limitaciones a la propiedad que impone el artículo 25 de la vigente Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras.

Una vez realizada la Información Pública, la aprobación definitiva del proyecto de trazado implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes a los fines de expropiación, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres (artículo 8 de la Ley 25/1988, de 25 de julio, de Carreteras).

Relación de bienes y derechos afectados por las obras de: "Nueva ubicación del Enlace de Heras entre la autovía Solares-Santander y la antigua carretera N-635. Provincia de Cantabria". Clave 15-S-5670.

El presente anuncio se publicará también en "El Diario Montañés".

Termino Municipal: Medio Cudeyo.

P. de Trazado Nueva ubicación del Enlace de Heras entre la Autovía Solares-Santander y la antigua carretera N-635
MEDIO CUDEYO
ID_Núm. finca Polígono Parcela Expropiación(m^²) Servidumbre de paso(m^²) Ocupación Temporal Nombre Clasificación
1 3 149 12,00 0,00 0,00 TORCIDA HIGUERA CLOTILDE Rural
2 3 138 4,00 0,00 0,00 CAVADAS HOYO MARTA Rural
3 3 135 2,00 0,00 0,00 HIGUERA NOIN ANGEL ENRIQUE Rural
4 3 134 6,00 0,00 0,00 TAZON CORDOBA AURORA Rural
5 3 133 21,00 0,00 0,00 CAMPOCOSIO ROBLEDO SALVADOR Rural
6 3 132 86,00 0,00 0,00 SANTIAGO DE LA HOZ FEDERICO Rural
7 3 131 116,00 0,00 0,00 DIEZ AGUERO AMADEO Rural
8 3 126 169,00 0,00 0,00 SIERRA EXPOSITO AGUSTIN Rural
9 3 125 575,00 0,00 0,00 LOPEZ DIEZ JOSEFA Rural
10 3 123 452,00 0,00 0,00 HIGUERA MAZON CARMEN Rural
11 3 121 6,00 0,00 0,00 TORRE BEAR MATILDE Rural
12 3 117 1.631,00 0,00 0,00 HOYO CEBALLOS MARCELINA JOSEFA Rural
13 3 120 455,00 0,00 0,00 BEDIA HIGUERA ENRIQUE Rural
14 3 119 139,00 0,00 0,00 SOLANA BEAR PEDRO Rural
15 3 118 189,00 0,00 0,00 MINISTERIO DE FOMENTO Rural
16 3 115 687,00 0,00 0,00 CAMPO SANTIAGO ROSA Rural
17 3 114 1.246,00 0,00 0,00 SANTIAGO DIAZ BENJAMIN Rural
18 3 110 2.487,00 0,00 0,00 ROMANO LOPEZ JOSEFA Rural
19 3 109 1.839,00 0,00 0,00 ROMANO GOMEZ JOSE Rural
20 3 105 28,00 0,00 0,00 MINISTERIO DE FOMENTO Rural
21 3 104 272,00 0,00 0,00 GUTIERREZ CABARGA ESTHER Rural
22 3 100 84,00 0,00 0,00 HERRERA SIERRA MARIA Rural
23 3 97 669,00 0,00 0,00 TORRE BEAR MATILDE Rural
24 3 99 355,00 0,00 0,00 VILLAR PRIETO MARIA JESUS Rural
25 3 96 218,00 0,00 0,00 BALDONEDO CAVADAS NARCISCO Rural
26 3 95 599,00 0,00 0,00 SIERRA DIEZ MARIA BEGOÑA Rural
27 3 93 468,00 0,00 0,00 BEDIA HIGUERA PEDRO Rural
28 3 94 69,00 0,00 0,00 BEDIA HIGUERA PEDRO Rural
29 3 91 315,00 0,00 0,00 BEAR IBARGUREN EMILIA Rural
30 3 90 551,00 0,00 0,00 BEAR HIGUERA MARIA CARMEN Rural
31 3 89 283,00 0,00 0,00 BEAR HIGUERA MARIA CARMEN Rural
32 3 87 3.893,00 0,00 0,00 CABARGA BEDIA GABRIEL Rural
33 3 86 1.768,00 0,00 0,00 SIERRA CAZON ELVIRA Rural
34 3 84 112,00 0,00 0,00 TORRE BEAR MATILDE Rural
35 3 82 240,00 0,00 0,00 TORRE BEAR MATILDE Rural
36 3 80 317,00 0,00 0,00 CABARGA BEDIA GABRIEL Rural
37 3 78 387,00 0,00 0,00 TORRE BEAR MATILDE Rural
38 3 77 414,00 0,00 0,00 CABARGA BEDIA GABRIEL Rural
39 3 74 225,00 0,00 0,00 TORRE BEAR MATILDE Rural
40 3 40 16,00 0,00 0,00 GUERRA MALANDA MANUEL Rural
41 3 48 495,00 0,00 0,00 MOYA GUTIERREZ MARINA Rural
42 3 50 49,00 25,00 0,00 BEAR HIGUERA MARIA CARMEN Rural
43 3 49 2.043,00 0,00 0,00 PONGA PEREZ MARIA JESUS Rural
44 3 43 892,00 0,00 0,00 BEAR IBARGUREN EMILIA Rural
45 3 42 213,00 0,00 0,00 FERNANDEZ VIMENDI ELOY Rural
46 3 47 1.476,00 0,00 0,00 ABRIL GOMEZ JOSE RAMON Rural
47 3 45 553,00 0,00 0,00 SANTIAGO GONZALEZ FEDERICO Rural
48 3 51 132,00 0,00 0,00 CEBALLOS COBO JOSE LUIS Rural
49 3 46 350,00 0,00 0,00 LEZCANO LOPEZ MATILDE Rural
50 3 44 737,00 0,00 0,00 HOYO CEBALLOS MARCELINA JOSEFA Rural
51 3 38 13,00 0,00 0,00 SALMON CAGIGAS MANUEL Rural
52 3 202 32,00 0,00 0,00 SALMON CAGIGAS JOSE Rural
53 3 203 30,00 0,00 0,00 SALMON BLANCO JOSE Rural
54 3 201 124,00 0,00 0,00 SALMON CAGIGAS JOSE Rural
55 3 28 346,00 0,00 0,00 BEDIA HIGUERA PEDRO Rural
56 3 52 9,00 0,00 0,00 SANTIAGO GONZALEZ FEDERICO Rural
57 17 48 267,00 0,00 0,00 TORRE BEAR MATILDE Rural
58 17 59 388,00 0,00 0,00 HOZ SANTIAGO LUISA Rural
59 17 60 1.635,00 0,00 0,00 BELLIDO CALDERON ELENA Rural
60 17 61 255,00 0,00 0,00 SANTANDER COBO MA LUZ Rural
61 3 155 10.806,00 0,00 0,00 CONSEJERIA DE EDUCACION Rural
62 3 197 1.212,00 0,00 0,00 CABARGA BEDIA GABRIEL Rural
63 3 161 9,00 0,00 0,00 FERROCARRILES DE VIA ESTRECHA (FEVE) Rural
64 3 196 213,00 0,00 0,00 FERROCARRILES DE VIA ESTRECHA (FEVE) Rural

Santander, 22 de noviembre de 2010.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Fernando Hernández Alastuey.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid