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Documento BOE-B-2010-42551

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se hace pública la Resolución de 7 de diciembre de 2010, por la que se aprueba la revisión de la oferta de referencia de líneas alquiladas mayoristas de Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, y se acuerda su notificación a la Comisión Europea.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 13 de diciembre de 2010, páginas 141148 a 141150 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2010-42551

TEXTO

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en su sesión celebrada el 7 de diciembre de 2010, aprobó la Resolución referenciada en el título.

De conformidad con lo dispuesto en el Resuelve Octavo de la citada Resolución y dada la posible existencia de una pluralidad indeterminada de personas interesadas en el expediente MTZ 2009/2042 se procede, de acuerdo con lo establecido en los artículos 59 (apartados 5 y 6) y 60.1 (en relación con el artículo 10.1 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la publicación del texto que figura como anexo.

Anexo.

Resolución por la que se aprueba la revisión de la Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas mayoristas de Telefónica de España, S.A.U., y se acuerda su notificación a la Comisión Europea.

(Los apartados antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y los anexos, no son objeto de publicación)

Conforme a los anteriores hechos y fundamentos de derecho, esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, resuelve:

Primero.- Aprobar como texto para la Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas mayoristas de Telefónica el resultante de incorporar las modificaciones descritas en los Fundamentos de Derecho de esta Resolución, y cuyo texto consolidado se incluye anexado.

La presente Resolución por la que se aprueba la revisión de la Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas mayoristas de Telefónica así como el texto consolidado de dicha Oferta entrarán en vigor desde el día siguiente a su publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.- En el plazo de cinco días hábiles desde la entrada en vigor de la presente Resolución, Telefónica deberá publicar en su Web la Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas mayoristas según lo dispuesto en el resuelve primero.

Tercero.- En el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente Resolución, Telefónica de España, S.A.U. aportará a esta Comisión el Cuerpo Principal y Anexos del Acuerdo General de Líneas Alquiladas Terminales (AGLA) y los Addenda de cada uno de los servicios contenidos en la Oferta de acuerdo con las modificaciones introducidas por esta Resolución.

Los textos aportados, una vez revisados por esta Comisión, serán publicados por Telefónica de España, S.A.U. en su página Web, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación por parte de esta Comisión de la remisión de los citados textos modificados.

Cuarto.- La Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas mayoristas es un contrato de adhesión que se perfecciona por la simple aceptación de sus términos por parte de los Operadores interesados. La aceptación por parte de un Operador entrante del contenido de cualquiera de los términos de la Oferta o de los textos presentados por Telefónica en cumplimiento de la presente Resolución, supondrá la aplicación automática e incondicional del objeto de la aceptación desde la fecha en que Telefónica tuviera conocimiento de ésta.

Quinto.- A partir de la entrada en vigor de esta Resolución, los operadores podrán solicitar, mediante petición por escrito, la revisión automática de las condiciones económicas establecidas en los acuerdos de de líneas alquiladas que hubieran resultado afectadas por las modificaciones económicas introducidas por esta Resolución en la Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas mayoristas, conforme a lo dispuesto en el contrato-tipo.

La modificación de dichas condiciones económicas entrará en vigor desde la fecha de la notificación de la solicitud y afectará únicamente a la condición o condiciones económicas referidas en el escrito de solicitud realizado. Ambas partes habrán de formalizar por escrito la modificación del acuerdo en el plazo de cinco días desde la fecha de recepción de la solicitud efectuada por una de las partes a la otra.

Sexto.- Telefónica continuará enviando a la dirección "orla@cmt.es" la información de seguimiento de los servicios ORLA y de la oferta minorista MetroLAN establecida en el expediente MTZ 2007/219. En todo caso, la información relativa a la oferta Ethernet deberá enviarla con carácter trimestral en lugar del carácter mensual con el que ha enviado dicha información hasta la fecha.

Asimismo, Telefónica enviará a los operadores usuarios del servicio y a la CMT la información especificada en el apartado II.5.9 de esta Resolución. Los envíos de la información se realizarán con carácter trimestral antes de veinte días naturales a partir del vencimiento del trimestre objeto del envío.

Séptimo.- Comunicar a la Comisión Europea la presente Resolución, por la que se procede a la revisión de la Oferta de de Referencia de Líneas Alquiladas mayoristas de Telefónica de España, S.A.U.

Octavo.- Acordar la publicación del presente acto en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la resolución a la que se refiere el presente certificado, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.17 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la Disposición Adicional Cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

Barcelona, 9 de diciembre de 2010.- P. D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (Resolución de 08.05.08, "BOE" número 142, de 12.06.08), el Secretario, Jorge Sánchez Vicente.

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