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Documento BOE-B-2010-39515

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 19 de noviembre de 2010, páginas 129123 a 129123 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-39515

TEXTO

Edicto.

Doña M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Valladolid, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración concurso 00000211/2010 se ha dictado a instancias de Edificio García Morato, S.L., en Liquidación, en fecha 5 de octubre de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario de Edificio García Morato, S.L., en Liquidación, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Santiago, 17 6.ª Valladolid con CIF. B-47555115.

2º.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el BOE, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 7 de octubre de 2010.- El/la Secretario/a Judicial.

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