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Documento BOE-B-2010-34990

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 15 de octubre de 2010, páginas 112115 a 112116 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-34990

TEXTO

Cédula de Notificación

En el procedieminto de referencia se ha dictado la resolución del tener literal siguiente:

Sentencia N.º 53/2010

En Madrid,a 3 de marzo de 2010

Vistos por el Ilmo.Sr. D. Luis Aurelio González Mmartín Magistreado-Juez de Primera Instancia n.º 73 de Madrid, los presentes Autos de Juicio Ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el n.º 943 del año 2008, a instancia de doña Raquel Gómez González y don Alfredo González González, representados por el Procurador don Jorge Laguna Alonso y defendidos Letrado/a contra la mercantil Tu casa Construcciones y Reformas, S.L., en rebeldía.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de doña Raquel Gómez González y Don Alfredo González González contra la mercantil Tucasa Construcciones y Reformas, S.L., en rebeldía y, en consecuencia, declaro resuelto el contrato de arrendamiento de obras y servicios de fecha 28 de marzo de 2007, suscrito por los actores y las demandadas.

Asímismo, Condeno a la demandada a que pague a los actores la suma total de Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta euros Con Noventa y Cinco Céntimos (38.440,95 euros) por los conceptos de devolución, penalización y daños y perjuicios, más los intereses legales devengados desde la fecha de la presentación de la demanda el 27 de mayo de 2008 hasta la fecha de esta sentencia e incrementados en dos puntos desde la fecha de la misma, para el caso de mora procesal.

Todo ello con expresa condena en costas a la entidad demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación.

Modo de Impugnación: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para interponer el recurso se necesita la constitución de un depósito de 50 euros, consignando dicho importe en la "Cuenta de Depósitos y Consignaciones" abierta a nombre del Juzgado de Primera Instancia n.º 73, en banesto, con el número 3253 0000 02 0943 08, lo cual deberá ser acreditado al preparar el recurso adjuntando el resguardo unido al escrito de preparación.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/09 Disposición adicional 15)

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado que la dictó, Don Luis Aurelio González Martín, estando celebrado audiencia pública, por ante mí, el /la Secretario/a, de lo que doy fe"

Y como consecuencia del ignorado paradero de Tu casa Construcciones y Reformas, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, 15 de junio de 2010.- El/La Secretario.

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