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Documento BOE-B-2010-23873

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2010, páginas 77978 a 77980 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-23873

TEXTO

Don José Antonio Marquines Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario n.º 1267/08, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente:

Juzgado Mercantil 1 Girona.

Av. Ramón Folch, 4-6.

Girona.

Procedimiento Concurso Voluntario 1267/2008 PIEZA 5.

Parte demandante Catalunya Neta.

Procurador Edurne Díaz Tarrago.

Auto

Magistrado-Juez don Hugo Novales Bilbao.

En Girona, a veintinueve de junio de dos mil diez.

Antecedentes de hecho

Primero-Que por auto de fecha 01.04.09 se acordó declarar en estado de concurso voluntario la entidad Catalunya Neta, S.L.

Segundo_Que en fecha 15.07.09 por la Administradora Concursal se ha presentado informe, junto con el inventario de bienes y derechos del deudor y la lista de acreedores.

La presentación del informe ha sido comunicada a las partes y anunciada por edictos, fijados en el tablón de anuncios del Juzgado y publicados en el Boletín Oficial del Estado, haciendo saber que contra el inventario y la lista de acreedores podrían presentarse impugnaciones en el plazo de diez días computados desde la última publicación del edicto que tuvo lugar el día 15.07.09.

Tercero- Que por el Procurador Sr Caireta en nombre y representación de Valoriza Facilities, S.A., se presentó incidente concursal, registrándose con el número 1247/209, admitiéndose a trámite por providencia de fecha 25/11/2009 y resolviéndose mediante Sentencia de fecha 12.03.10

Que por el Procurador Sr. García Garoz, en nombre y representación de Jordi García López, Isabel Ruiz Cabello y Tamara Valcarce Fernández, se presentó incidente concursal con el número 1207/2009, admitiéndose a trámite por providencia de fecha 23.12.09 y resolviéndose mediante Sentencia de fecha 11.02.10

Cuarto-En el presente procedimiento concursal, la Procuradora Edurne Díaz Tarragó, en nombre y representación de la entidad mercantil Catalunya Neta, S.L., solicitó al amparo del artículo 142..1, apartado 1, la liquidación del concurso en el suplico de la solicitud de concurso voluntario, aportando, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Concursal, propuesta de plan de liquidación.

Fundamento de derecho

Primero-Dispone el artículo 14.2 de la Ley Concursal que, dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores, si no se hubieren presentado impugnaciones o, de haberse presentado, a la fecha en que se ponga de manifiesto los textos definitivos del informe de la administración concursal y de sus documentos complementarios, el Juez, si el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, debe dictar auto poniendo fin a la fase común y abriendo la liquidación del concurso.

Segundo-En el presente caso, el procedimiento concursal se encuentra en el trámite previsto en el precepto acabado de citar y, por otra parte, el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, por lo que resulta forzoso proceder conforme a lo solicitado, ya que esta petición del deudor resulta vinculante para el Juzgador.

Tercero-Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144,145,146,148 y 163.1.2ª de la LC.

Parte dispositiva

Acuerdo: Declarar Finalizada la fase común del presente procedimiento cincursal de la entidad Catalunya Neta, S.L., y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores,que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial de Estado.

Inscríbase, asímismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, y al Registro de la Propiedad de Rubí y n.º 3 de Girona.

En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Modo de Impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 4511, 452 de la LEC)

Así lo manda y firma el

Girona, 30 de junio de 2010.- El Magistrado Juez.-El Secretario Judicial.

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