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Documento BOE-B-2010-17564

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 19 de mayo de 2010, páginas 57206 a 57206 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-17564

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 64/2010, por auto de 18 de marzo de 2010 se ha procedido a la transformación del Concurso Abreviado en Ordinario, cuya parte dispositiva dice:

1. Se convierte el presente procedimiento concursal del deudor Construcciones O Gallo, Sociedad Limitada, CIF: B-36108298. con domicilio en Lugar Monte Saiñas, número 10-Poio-Pontevedra. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Folio 13 del Libro 763 de Sociedades, Hoja PO-10.490 de Abreviado, en Ordinario con efectos a partir de la fecha de esta resolución, sin retroacción de las actuaciones anteriores.

2. Desde la conversión, los plazos serán los generales de la Ley Concursal.

3. Se designan administradores del concurso a las siguientes personas:

1.- Al actual administradora única Abogada: señora Patricia Alvarez Canella. D.N.I. 36.130.169- K, con domicilio en Calle Urzaiz, número 18-3º (36201)-Vigo.

Teléfono: 986227024-26 // 986484133. Fax: 986430944

2.- Al Economista: don Manuel Sánchez Rodríguez. D.N.I.:36029949-N. Calle Colón número 37-4º-A- 36201 VIigo. Teléfono: 986 43 68 50 Fax: 986 43 68 50

Comuníquese a las mismas personas y Registros Públicos a los que se comunicó el nombramiento de administrador único, el nombramiento de los administradores de la administración colegiada.

Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco dias hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Pontevedra, 18 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

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