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Documento BOE-B-2010-172

Resolución de 17 de diciembre de 2009 del Consejo Rector del CIBERehd por la que se aprueba la creación de un fichero de tratamiento de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2010, páginas 235 a 236 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2010-172

TEXTO

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el diario oficial correspondiente.

En el ejercicio de sus funciones encomendadas en los Estatutos, como órgano de gobierno de máxima representación del CIBERehd, el Consejo Rector del CIBERehd, a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, relativo a la creación de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, resuelve:

Primero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, se crea el fichero descrito en el anexo.

Segundo.- La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO

Fichero "NOMINAS CIBEREHD"

a) Identificación del fichero: fichero denominado "NOMINAS CIBEREHD", cuya finalidad y usos previstos va a ser permitir al CIBEREHD gestionar las nóminas del personal contratado CIBEREHD.

b) Origen de los datos: el propio interesado.

c) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI/NIF; N.º SS/Mutualidad; Nombre y apellidos; Tarjeta Sanitaria; Dirección; Teléfono; Firma/Huella

Datos especialmente protegidos: ninguno.

Otros datos tipificados: académicos y profesionales; detalles del empleo; económicos, financieros y de seguros; características personales.

d) Comunicaciones de datos: sólo a los organismos de la seguridad social y administración tributaria, cuando la comunicación sea obligatoria.

e) Transferencias internacionales de datos: no se prevén.

f) Órgano responsable del fichero: Gerencia del CIBERehd.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Gerencia y Administración del CIBERehd. C/Córcega, 180 bajos, derecha, 08036 Barcelona, con arreglo al procedimiento desarrollado en el artículo 25 RPD.

h) Nivel de seguridad: básico.

Barcelona, 23 de diciembre de 2009.- El Secretario del Consejo Rector, Gerente del CIBERehd, Ernest Figueras Sáez.

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